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Ayuntamiento de Igualeja
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CONSULTA PÚBLICA
PROYECTO DE DELIMITACIÓN DE SUELO URBANO DE IGUALEJA
El municipio de Igualeja, lleva años tramitando el Plan General de
Ordenación Urbanística (PGOU) con el objetivo de dotar al municipio de un
instrumento que permita un desarrollo urbanístico adecuado a las
características del municipio y en el que se garantice la correcta funcionalidad
y puesta en valor de la ciudad existente, la integración de los nuevos desarrollos
urbanísticos con la ciudad consolidada y la preservación del proceso de
urbanización de aquellos suelos que así lo requieran por sus valores naturales,
históricos, culturales o paisajísticos, de acuerdo con el mandato legal recogido
en el artículo 9 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística
de Andalucía (LOUA).
Sin embargo, como consecuencia de la aprobación del Decreto-ley
31/2020, de 1 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes, entre otras,
en materia de evaluación ambiental estratégica de determinados instrumentos
de planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento se ve en la obligación de volver
a iniciar la tramitación urbanística y ambiental del Plan General de Ordenación
Urbanística dado que los artículos 2 y 3 del citado Decreto-ley establecen la
terminación de los procedimientos de evaluación ambiental o la ineficacia de
la Declaración Ambiental emitida respecto a los instrumentos de planeamiento
urbanístico cuyo procedimiento ambiental se estuviera tramitando de acuerdo
con la Disposición Adicional Tercera de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, caso
en el que se encuentra el PGOU de este municipio.
Por otro lado, la Instrucción 12/2019, de la Dirección General de
Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre las disposiciones transitorias de la
LOUA relativas a los proyectos de delimitación de suelo urbano, ha venido a
establecer que en municipios sin planeamiento general podrá aprobarse el
Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano (PDSU) regulado, con carácter
supletorio, en los artículos 102 y 103 del Reglamento de Planeamiento
Urbanístico estatal.
Esta figura permite, en municipios sin planeamiento general, delimitar el
suelo urbano (consolidado y no consolidado) por aplicación de lo dispuesto en
el artículo 45 de la LOUA, teniendo la consideración de suelo no urbanizable el
resto de los terrenos del término municipal.
Si bien es cierto que el PDSU no permite establecer la ordenación del
término municipal, sí reconoce la distinción entre suelo urbano y no urbanizable.
Esto supone un avance en la seguridad jurídica de los procedimientos
urbanísticos que se tramitan en el Ayuntamiento, ya que supone la aplicación
de las determinaciones clasificatorias y las normas de aplicación directa de la
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LOUA con carácter general para todo el municipio, evitando así que haya de
realizarse caso a caso. Con este instrumento se determina una situación
preexistente de carácter fáctico o real que todos los ciudadanos pueden
conocer a priori para poder plantear sus propuestas urbanísticas.
Con estos antecedentes, el Ayuntamiento considera necesario a corto
plazo dotar de seguridad jurídica a los procedimientos urbanísticos que se
propongan en el suelo urbano y no urbanizable de su término municipal por lo
que opta por la redacción de un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano
con carácter previo al Plan General de Ordenación Urbanística, ya que la
tramitación de este último instrumento de planeamiento es mucho más larga y
compleja.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPA), antes de la elaboración del Proyecto de Delimitación de Suelo
Urbano se somete a Consulta Pública esta iniciativa con el fin de conocer la
opinión de la ciudadanía, para que las personas y las organizaciones más
representativas, potencialmente afectadas por el futuro PDSU, puedan opinar y
hacer aportaciones.
El plazo para la presentación de aportaciones será de 15 días hábiles
contados desde el día siguiente al de su publicación en la página web del
Ayuntamiento.

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ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA PROMOTORA Ayuntamiento de Igualeja
TÍTULO DE LA DISPOSICIÓN PROYECTO DE DELIMITACIÓN DE SUELO URBANO
PROBLEMAS QUE SE
PRETENDEN SOLUCIONAR
CON LA NUEVA NORMA
Con el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano se
pretende acabar con la inseguridad jurídica en las
actuaciones urbanísticas en suelo urbano y no
urbanizable en el término municipal.
NECESIDAD Y
OPORTUNIDAD DE SU
APROBACIÓN
Como consecuencia de la aprobación del Decretoley 31/2020, de 1 de diciembre, el Ayuntamiento se
ve en la obligación de volver a iniciar la tramitación
urbanística y ambiental del Plan General de
Ordenación Urbanística que venía tramitando hace
años. Esto ha supuesto un importante frenazo en el
desarrollo municipal por lo que es necesario dotar al
municipio, al menos, de un instrumento que
establezca la línea límite entre los suelos urbanos y
no urbanizables del término municipal, lo que
permitirá a los ciudadanos conocer a priori la
clasificación del suelo para poder plantear sus
propuestas urbanísticas.
OBJETIVOS DE LA NORMA
Delimitación del suelo urbano (consolidado y no
consolidado) del término municipal por aplicación
directa del artículo 45 de la LOUA.
POSIBLES SOLUCIONES
ALTERNATIVAS
REGULATORIAS Y NO
REGULATORIAS
Dado que el municipio carece de planeamiento
urbanístico y que ha de iniciar nuevamente la
redacción de su Plan General de Ordenación
Urbanística por la aplicación sobrevenida del
Decreto-ley 31/2020, la única alternativa que
permite a corto plazo dotar de seguridad jurídica a
las actuaciones urbanísticas en el suelo urbano y no
urbanizable del término municipal es la redacción
de un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano
con carácter previo a la tramitación del PGOU.
PLAZO PARA REALIZAR
APORTACIONES
15 días hábiles contados desde el día siguiente al
de su publicación en la página web del
Ayuntamiento.
Igualeja, a fecha de firma electrónica
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DOCUMENTO ELECTRÓNICO
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
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Dirección de verificación del documento: https://sede.malaga.es
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Version NTI: http://administracionelectronica.gob.es/ENI/XSD/v1.0/documento-e
Identificador: ES_LA0007598_2021_000000000000000000000007697081
Órgano: L02000029
Fecha de captura: 15/09/2021 12:32:49
Origen: Administración
Estado elaboración: Original
Formato: PDF
Tipo Documental: Comunicación
Tipo Firma: XAdES internally detached signature
Valor CSV: e1d10f14b7fc058990aa9499b5a88ea4d2a263be
Regulación CSV: Decreto 3628/2017 de 20-12-2017
METADATOS ENI DEL DOCUMENTO:
Código QR para validación en sede
Código EAN-128 para validación en sede
Ordenanza reguladora del uso de medios electrónicos en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
https://sede.malaga.es/normativa/ordenanza_reguladora_uso_medios_electronicos.pdf
Política de firma electrónica y de certificados de la Diputación Provincial de Málaga y del marco preferencial para el sector
público provincial (texto consolidado):
https://sede.malaga.es/normativa/politica_de_firma_1.0.pdf
Procedimiento de creación y utilización del sello electrónico de órgano de la Hacienda Electrónica Provincial:
https://sede.malaga.es/normativa/procedimiento_creacion_utilizacion_sello_electronico.pdf
Acuerdo de adhesión de la Excma. Diputación Provincial de Málaga al convenio de colaboración entre la Administración General del
Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Electrónica
de fecha 11 de mayo de 2016:
https://sede.malaga.es/normativa/ae_convenio_j_andalucia_MINHAP_soluciones_basicas.pdf
Aplicación del sistema de Código Seguro de Verificación (CSV) en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
https://sede.malaga.es/normativa/decreto_CSV.pd