Tratamiento de Datos
Animales potencialmente peligrosos
Ayuntamiento de Igualeja
Control y registro del cumplimiento de la normativa sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos. Y concesión de licencias para la misma.
Art. 6.1.e) RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Control y registro del cumplimiento de la normativa sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos. Y concesión de licencias para la misma.
Titulares de animales potencialmente peligrosos.
Datos de categoría normal: Identificativos (nombre, apellidos, teléfono, correo electrónico, domicilio), económico-financieros y de seguros. Datos relativos a comisión de infracciones.
Comunidad, otras Entidades Locales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Juzgados y Tribunales.
No existen transferencias internacionales de datos previstas.
Los datos personales se conservarán el tiempo que persista la actividad y, posteriormente, hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos.
Las medidas de seguridad implementadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.